Ley de Consultorio Seguro permite dictar ejemplificadora condena contra agresores de la salud

Ley de Consultorio Seguro permite dictar ejemplificadora condena contra agresores de la salud

La sentencia marca un hito tanto a nivel regional como nacional, ya que por primera vez se sentencia bajo esta nueva norma

Tras poco más de 2 años de espera, llegó la ansiada justicia para los funcionarios del SAPU de Las Compañías, quienes fueron agredidos en noviembre del año 2020 por un paciente y su acompañante. Es que por primera vez se dicta una condena bajo la Ley de Consultorio Seguro, marcando un importante precedente ante quienes cometen ataques hacia trabajadores de la salud.

Buena noticia que fue ampliamente valorada por los funcionarios de la salud pública, quienes estiman que la condena marca un hito ante este tipo de situaciones de violencia, dando cuenta de que estas de situaciones son amparadas por la Ley .

“Para nosotros este hito es muy importante, porque hemos venido trabajando en este tema desde hace mucho tiempo, y que se den los resultados que tenemos ahora es muy importante porque les entrega un mensaje a esos agresores (que son muy pocos)”, señaló Carlos Fuster, presidente de la Asociación de Funcionarios de Salud Municipal de La Serena.

Durante dos años, el Servicio de Salud Coquimbo, que llevó adelante la causa, estuvo en cada una de las etapas del proceso solicitando una condena ejemplificadora, para que nunca más vuelvan ocurrir situaciones como las que tuvieron que vivir los profesionales del SAPU de Las Compañías.

Así, lo manifestó Nicolás Anticevic, abogado del Servicio de Salud Coquimbo, durante la reunión que sostuvo con los funcionarios afectados, los representantes de los gremios y del establecimiento de salud, la Fiscalía y el Secretario de la Corporación Gabriel González Videla, en la que presentó los resultados de la querella.

“Esperamos esto ayude a disminuir la cantidad de agresiones que existen a nivel regional. Como Servicio de Salud tratamos de realizar un apoyo tanto a nuestros hospitales como a la Atención Primaria de Salud. Instamos a los funcionarios a realizar las denuncias, porque no los vamos a dejar solos”, señaló el abogado. 

Junto con ello, el asesor jurídico indicó que los agresores fueron sentenciados, él a 4 años y 10 meses de presidio menor en su grado máximo, y ella a 541 días de presidio menor en su grado medio. Además, se les prohibió acercarse a los funcionarios víctimas de las agresiones, tanto dentro como fuera del recinto de salud.

En tanto, Marcela Elchiver, Jefa de la Unidad de Atención a Víctimas y Testigos de la Fiscalía Regional, explicó que la sentencia marca un hito tanto a nivel regional como nacional, demostrando que “estos hechos no quedarán impunes. Los funcionarios, contarán con todo el apoyo de la Fiscalía para realizar la investigación y así obtener estos resultados que son una sentencia condenatoria”, indicó.

Por su parte Ernesto Velasco, Secretario de la Corporación Gabriel González Videla, señaló que “lo más importante es que acá se da una señal de no impunidad sobre quienes agreden a funcionarios y funcionarias de la Salud Primaria Municipal que cuidan las vidas de todas y todos los vecinos. Los espacios e instancias para dejar reclamos u observaciones siempre estarán, pero jamás vamos a validar ni permitir este tipo de hechos tan lamentables como los ocurridos en 2020 en el SAPU de Las Compañías», indicó.

Ley Consultorio Seguro

La nueva Ley, que entró en vigencia hace dos años, endurece las sanciones contra quienes agredan a funcionarios que presten servicios en establecimientos educacionales y de servicios de salud.

Con respecto a las sanciones, la Ley establece la aplicación de penas que pueden llegar a presidio mayor en su grado medio (desde 10 años y un día a 15 años) si debido a las lesiones queda con daño severo que implica pérdida de autonomía. Presidio medio a máximo (desde 541 días a cinco años), si el funcionario presenta enfermedad o incapacidad para el trabajo por más de treinta días.

El texto también señala que el agresor puede ser multado con la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad si causa lesiones leves que no producen daño.